martes, 18 de enero de 2022

SISTEMA DE FRENADO EN TRACTOR (Parte II)

FRENADO EN TRACTOR = INCONVENIENTES
En la Parte I se analizó la problemática de frenar una gran masa, con un centro de gravedad elevado, con cargas remolcadas o suspendidas, sobre unos neumáticos sobre tacos y normalmente rellenos de agua, y lanzada a 40 o 50 km/h.
En la Parte II se recuerdan los inconvenientes que aparecen en el frenado del tractor agrícola (ver I parte) y la normativa en vigor para fijar los parámetros a cumplir por los vehículos homologados.
La máxima fuerza de frenado depende del peso del vehículo y del coeficiente de adherencia suelo-vehículo. 

Entre el neumático y el suelo se debe disipar la energía generada en el frenado, apareciendo un momento resistente al frenar que si supera cierto límite se produce el bloqueo de ruedas y el vehículo desliza durante un cierto tiempo. El límite queda marcado por el coeficiente de adherencia entre el neumático y el suelo y que depende del tipo de neumático, presión de inflado, disposición de tacos... y también de las condiciones del suelo, humedad...

También se debe tener en cuenta la carga dinámica, reparto de pesos entre ejes, en el momento de frenada. 

NORMATIVA DE FRENADO EN TRACTOR

En los países de la UE se estableció un procedimiento común basado en la Directiva 74/150/CEE la cual se complementaba con directivas parciales (por ejemplo la 76/432/CEE) dando así lugar a la denominada homologación de tipo CE.

Posteriormente, con la publicación de la Directiva 2003/37/CE se unifica la homologación de Tipo CE y se incluyen además de los tractores, las máquinas agrícolas arrastradas y los remolques.

En enero del 2018 entró en vigor el Reglamento 167/2013, R167, popularmente conocido como Mother Regulation TMR, que armoniza los procedimientos de ensayo para la homologación de tractores agrícolas en Europa. El R167 unifica los procedimientos de homologación y puede provocar una profunda renovación del mercado.

El R167 es de obligado cumplimiento para los vehículos agrícolas (tractores de ruedas y de orugas, remolques agrícolas y equipos intercambiables remolcados) puesto que los Reglamentos son de aplicación inmediata, a diferencia de las Directivas que hay que transponerlas a la legislación de cada país.

La normativa de frenado ha estado marcada por las directivas pertinentes como la 76/432/CEE modificada por la 82/890/CEE y 97/54/CE; e incluso el Código 2 de la OCDE (apartado 4.7) En ellas, se define perfectamente el procedimiento para ensayo de los frenos del tractor, fijando una distancia máxima de frenado así como una deceleración.

Pruebas de frenado en tractor agrícola  (foto youtube #entraid.com)
La distancia máxima de frenado y la deceleración, están recogidas en el Anexo II de la directiva 76/432/CEE. La distancia de frenada (m) con el tractor dotado de su peso máximo autorizado y las ruedas del eje frenado con los neumáticos de mayores dimensiones admitidos, debía ser:   Ecu.1 (Siendo V velocidad máxima admitida por construcción en km/h)

En cuanto a la deceleración media viene recogida por: Ecu. 2 (Con V expresada en m/s)

En el siguiente ejemplo de aplicación de las ecuaciones anteriores, para tractores de gama media y alta, al tener una velocidad máxima por construcción de 40 km/h, se garantiza la distancia de frenado y la deceleración de:

Para otras velocidades se obtiene la siguiente tabla

Vmáx (km/h)

20

25

30

35

40

Vmáx (m/s)

5,56

6,94

8,33

9,72

11,11

Smáx (m)

6,45

9,14

12,26

15,81

19,79

Deceleración equiv.(m/s2)

2,39

2,64

2,83

2,99

3,12

Tabla 1.- Distancias de frenada para diferentes velocidades máximas y deceleración equivalentes

Además, para la homologación de tipo CE se exigían dos pruebas, la del tipo 0 en la que se valora la eficacia de los frenos en frío y la de tipo 1 que mide la pérdida de eficacia, realizada con frenos calientes.

Ensayos de frenos

Tipo 0: Ensayo a velocidad máxima del tractor por construcción y con su peso máximo autorizado y la transmisión desembragada, con una fuerza en los pedales que no supere los 60 daN. La detención se debe realizar en una distancia inferior a la calculada por la ecuación (1)

Tipo 1: Se calientan los frenos con una energía equivalente a la de bajar una pendiente del 10 % a una velocidad del 80 % de la máxima por construcción con una longitud de un kilómetro. Una vez cumplidas las condiciones la eficacia de los frenos no debe ser inferior al 75 % de la prescrita y al 60 % de la obtenida en el ensayo tipo 0.

También quedan pruebas para el freno de estacionamiento se exige que pueda mantener detenido el tractor con carga en pendiente ascendente y descendente del 18 %.

Y AHORA… ¡EL FRENO EN LOS REMOLQUES!

En el caso de frenar un conjunto de tractor con remolque, lo más aconsejable sería que la lanza del remolque trabajara siempre en tracción, por lo que resulta preferible, para mantener la trayectoria estable, que el remolque tenga sus propios frenos y que estos empiecen a actuar lo antes posible, provocando una deceleración superior que los del tractor.

Con la TMR o R167, al sistema de frenado hidráulico de los tractores con remolque, se aumenta la exigencia.

El nuevo reglamento va encaminado a lograr que los remolques lleven su propio sistema de frenos y que actúen sincronizados con los del tractor con un mando único accionado progresivamente por el conductor desde su asiento y con una fuente de energía común para asegurar la frenada del conjunto. Si un tractor TMR frena con deceleración de -3m/s2, al enganchar un remolque que también cumpla los requisitos TMR y con la presión adecuada, debe frenar con la misma deceleración que el tractor.

Se preveía que en 2022 se modificarían los plazos para el cambio de frenado en remolques agrícolas pero se ha retrasado ese plazo hasta 2025. En cualquier caso, tanto los remolques como las máquinas remolcadas, deberán ir con doble línea, frenado hidráulico o neumático y debe ser compatible con todos los tractores en términos de frenado.

Los tractores llevarán todos toma de frenos neumático o hidráulico de dos conductos. Y el remolque contará con una instalación también neumática o hidráulica o ambas. Y un regulador de presión de frenado según la carga, es decir, cargado debe frenar más que en vacío.

En cuanto a si se monta freno hidráulico o neumático pues no depende del peso, ya que no se marca ningún límite de toneladas. Aunque si se observa que los fabricantes, por tema de costes, han decidido apostar por el freno neumático en tractores de gran potencia (>180 CV) La línea neumática ofrecen por lo general mayor velocidad de respuesta, el inconveniente es que si bien en países centroeuropeos los tractores suelen ir con compresor, no es igual en países mediterráneos donde es muchísimo más común el sistema hidráulico.

Entradas relacionadas

 By: Catalán Mogorrón, H.

Copyright © Más que Máquinas. Prohibida la reproducción total o parcial de este artículo sin permiso y autorización previa por parte del autor.

No hay comentarios:

Publicar un comentario