viernes, 6 de agosto de 2021

ITV EN TRACTOR Y REMOLQUE: ¿VELANDO POR LA SEGURIDAD O SOLO AFAN RECAUDATORIO? (Parte I)

El texto de la pancarta sigue vigente
Reclamación ASAJA en Valladolid 2015

Dos entradas he programado con la intención de contribuir a aclarar la situación de las ITV en maquinaria agrícola tanto en España como en otros países de nuestro entorno.
Cuestiones como su utilidad y si existe relación entre las ITV y los accidentes que se producen en la actividad agraria, son los ejes sobre los que se vertebran ambas entradas.
Hoy publico la situación de las ITV, y la próxima semana mi visión sobre las ITV & Accidentes y aprovecharé para dar mi opinión sobre ello.

ESPAÑA ENTRE LOS PAÍSES MÁS ESTRICTOS

Desde la Unión Europea se da libertad a sus estados miembros para legislar sobre la ITV de las máquinas agrícolas. La Directiva europea sobre inspecciones técnicas de vehículos (Diario Oficial de la UE 20-4-2014) indica que sólo están obligados a someterse a la ITV «los tractores de ruedas de la categoría T5 utilizados principalmente en vías públicas con una velocidad nominal máxima superior a 40 km/h».

Por otra parte, la Directiva señala que “los Estados miembros podrán excluir de la obligación de pasar periódicamente la ITV una serie de vehículos matriculados en su territorio”; entre ellos, “los vehículos utilizados con fines agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderos o pesqueros sólo en el territorio del Estado miembro y principalmente en el lugar donde se desarrolle esta actividad, incluidos los caminos agrícolas, los caminos forestales o los campos de cultivo”. También se excluyen los “vehículos utilizados en zonas escasamente pobladas

Spain is different: Así rezaba en los años 60 el eslogan que se popularizó durante el mandato de D. Manuel Fraga en el Ministerio de Turismo para resaltar nuestra “vertiente exótica que no bárbara”. Y resulta que llevaban razón.

Resulta curioso como países con un peso tan elevado en la UE como Alemania, Francia, Italia, u otros como Portugal, Bélgica, Grecia, Irlanda o Luxemburgo excluyen este requisito (sobre todo cuando son vehículos que no pueden superar los 40 km/h)

Pero España, tan diferente nosotros, tan "papistas", y desde 1990 con los cambios introducidos en el Reglamento General de Vehículos, se ha convertido en uno de los países más estrictos con respecto a los vehículos agrícolas, siendo obligatorio en nuestro país que los tractores y remolques agrícolas pasen la denominada Inspección Técnica de Vehículos (ITV) puesto que, arguyen desde la Administración, “los tractores agrícolas, y también los remolques, son vehículos que pueden ir por las vías públicas, y por lo tanto están obligados a realizar la citada inspección”

Aún más, nuestro país también obliga a pasar la ITV a maquinaria autopropulsada como las cosechadoras, estando exentos, por ahora, los motocultores y las máquinas acopladas…

En resumen, una traba más que en muchos casos está fuera de lugar, ajena a la propia seguridad, sin el más básico sentido común, que implica fuertes gastos y que en definitiva en bastantes casos lleva al agricultor o maquilero al hartazgo y al abandono de la actividad.

¿QUÉ ES LA ITV?

Son inspecciones marcadas en el reglamento de inspección y cuyo objeto es comprobar que el vehículo reúne las condiciones mínimas de seguridad y medioambientales para circular por las vías públicas.

Normativa: Viene marcada por el Real Decreto 711/2006 y modificada por la nueva normativa de 2018 por la cual se modificó la periodicidad de las inspecciones de algunos vehículos agrícolas.

Cambios en la normativa: Hasta 2018, los nuevos vehículos pasaban su 1ª inspección a los 8 años; ahora, aquellos que superen los 40 km/h pasarán la 1ª ITV a los 4 años. Otra novedad es que ahora resulta obligatorio tener el seguro de circulación en vigor (tanto para el tractor, como para el remolque) También existe la exigencia de reparar los defectos calificados como leves en inspección en el plazo máximo de dos meses.

Las ITV agrícolas: Debido a que se trata de vehículos “agrícolas”, cuya actividad principal se encuentra en los campos y no en las carreteras, y menos aún en autovías o autopistas (donde ni tan siquiera se les permite el paso…) se ofrece el servicio de las denominadas ITV móviles y que son unidades que se desplazan por la geografía española para facilitar la revisión de los vehículos “molestos en las carreteras” pero que “acoquinan” como cualquier otro en las arcas recaudatorias.

Documentación necesaria: Se deben presentar los siguientes documentos:

  • Permiso de circulación
  • Cartilla de inspección técnica
  • Certificado de características del vehículo
  • Seguro en vigor

 ¿QUÉ SE REVISA?

En cuanto a la seguridad

ITV móvil (Foto La Voz de Galicia)
Al igual que en vehículos turismos u otros, se revisan aspectos referentes a la seguridad. Los puntos de máxima atención son:

  • Identificación del vehículo: Números de bastidor y matrícula
  • Dirección: holgura de rótulas de dirección y manguetas. Lo más habitual es que las ITV, fijas o móviles, dispongan de una placa detectora de holguras
  • Frenado: válvula de frenado parar remolcar más de 1500kg y frenado si es de matriculación posterior al 01/05/89; normalmente se manda poner una marcha larga y frenar
  • Cabina y arco de seguridad: ficha de homologación, estado, anclaje al cuerpo del tractor…
  • Neumáticos: Estado de las gomas, anclaje de llantas, homologación, equivalencia de neumáticos…
  • Luces y catadióptricos: comprobación del correcto funcionamiento y de la potencia necesaria (luces posición, cortas, largas, intermitencias, frenado, rotativo…)
  • Placas: de velocidad máxima, matrícula. Se verificar que estén bien colocadas, sin dobleces y con buena visión
  • Retrovisores: Estado de los espejos y visión
  • Limpia y lavaparabrisas: estado y funcionamiento

En cuanto a las emisiones

Los tractores en general, por su tamaño y su trabajo, son vehículos con elevado consumo de combustible (en torno a los 10 litros/h) por eso se vigila que las emisiones de gases sean las estipuladas por la legislación según corresponda al vehículo por su antigüedad.

Resultado de la inspección

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Tras la inspección viene el resultado y que puede ser

  • Favorable: El vehículo tiene el visto bueno de la inspección y puede seguir circulando como hasta ahora y por el periodo que marque su edad y su clase
  • Desfavorable: Se han detectado deficiencias graves. Hay que subsanar los defectos y presentar nuevamente el vehículo
  • Negativa: El vehículo se debe quedar retenido y retirarlo con grúa hasta el taller

Si el resultado ha sido desfavorable o negativo la 2ª inspección, se debe hacer antes de transcurrir 2 meses, se ciñe a comprobar la corrección de los defectos encontrados, pero no se vuelve a pagar la tarifa.

PERIORICIDAD Y COSTE

Periodicidad: La periodicidad depende del tipo de vehículo y como se ha dicho líneas arriba, se ha cambiado la normativa en el 2018.

Actualmente, para tractores agrícolas y forestales con una velocidad máxima superior a 40 km/h, se está exento hasta 4 años; de 4 a 16 años, la revisión será cada dos años; y a partir de los 16 años, será anual.

Para el resto de tractores agrícolas y remolques, los plazos quedan así: exentos hasta los 8 años de su primera matriculación; cada dos años en el periodo de de 8 a 16 años de antigüedad; a partir de los 16 años se pasará anualmente.

Coste: De nuevo ¡Spain is different! Reinos de taifas… No hay ni máximo ni mínimo. Los precios de la ITV están liberalizados por lo que cada estación puede aplicar la tarifa que considere oportuna y así se da el caso de que existen enormes discrepancias.

Mientras que el importe más bajo de los que yo tengo noticia se da en la Comunidad Valenciana y que ronda los 15 € pero en Madrid hay estaciones fijas donde la cuantía sube ¡hasta los 75 y 80 €. Entre estos límites, todos los demás, por ejemplo, en Castilla La Mancha ronda los 30-35 € (remolques 20 €); en Asturias sobre 60 €; los andaluces suelen pagar en torno a los 35 €; los gallegos unos 25 €…

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By: Catalán Mogorrón, H.

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4 comentarios:

  1. Pues si señor, lleva usted toda la razon del mundo, como profesor de formacion vial y agricultor he de decir que no somos papistas, somos caraduras y sinvergüenzas, mas bien, nuestros gobernantes, y es que resulta que los vehiculos especiales son eso, especiales y por definicion ya estan exentos,NO DE CIRCULAR POR LA VIAS PUBLICAS, sino de ciertas normas o legislación que por su particularidad hacen de estos vehiculos una excepcion dentro de la genralidad del reglamento general. Como resulta que nuestros gobernantes son mas listos que sus homologos europeos pues vamos por delante... si, a la hora de pagar y hacer caja, para luego que tengamos las mejores carreteras rurales (si, usted, gobernante de reinos taifas y mas, los caminos son vias publicas y no deben estar abandonadas) y los mejores caminos de europa que es por donde circulamos el ochenta por ciento del tiempo o mas. Y como no tenian bastante con los tractores, remolques, maquinas automotrices, ahora tambien los aperos remolcados, homologados y matriculados para pasar y cobrar una nueva itv, en europa como se imaginara el lector, los aperos remolcados para circular solo necesitan... la correspondiente homologación del fabricante, nada mas.
    Gracias por sus articulos y enseñarnos un poco nas de todo.

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    1. Pues así lo creo yo también. Una cosa es que los tractores y demás maquinaria agrícola circule "en abandono" por parte de su propietario, otra hacer unas exigencias absurdas como lo de los cerramientos y los arcos de seguridad... además del tremendo absurdo de que cada "minipais", Comunidad Autónoma, legisle de una forma y ponga el listón de las exigencias a su voluntad.
      No estoy en contra de una ITV lógica, para concienciar al personal, pero aparte de eso, creo que con la vigilancia de la guardia civil de tráfico, habría suficiente "prevención" para aquel descuidado que abandona sus máquinas.
      En fin, es lo que tenemos.
      Saludos

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  2. Pasar la ITV es una forma de suma importancia para el bienestar de la maquinaria que por nostalgia o por necesidad deben de pasarla y hay que decirlo debe ser obligatorio para la salud del que lo vaya a utilizar y no tenga que sufrir un triste episodio de accidente(que por cierto,suelen ser de gente mayor este tipo de desgracias).
    Otra cosa es el pésimo afán de recaudación que utilizan y otra vez, hacia el el mundo rural.Las políticas que machacan nuestro sustento lo hunden.No deberían de cobrarlos si recomerdar y hacer recordar que es necesario para seguir con el buen uso de dicha maquinaria
    Gracias por un articulo tan bien recomendado y explicado.

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    1. Mil gracias por tu aportación y por tu amabilidad con respecto al artículo

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