miércoles, 30 de mayo de 2018

SEGUROS EN LA MAQUINARIA AGRÍCOLA, ¿SEGURO QUE VAS SEGURO?

¿POR QUÉ UN SEGURO?
Acabo de comprar el tractor y estoy tan contento. Pienso que lo tengo todo hecho pero… ¿y el seguro, es bueno, qué cubre, cuando lo cubre?.
A la hora de contratar un seguro la oferta es amplía. Si me “lié”, y mucho, en la compra del tractor, ahora me “vuelvo a liar” con el dichoso seguro: a Terceros, a Terceros ampliado, todo riesgo, responsabilidad civil de la actividad… ¡me pierdo!
El tractor, vehículo con alta siniestralidad en accidentes corporales: Estudios sobre siniestralidad en tractores muestran que en más del 60 % de los siniestros en carretera existe lesión corporal. Se trata de una cifra superior al resto de vehículos debido, puede ser, a que el tractor no es un vehículo pensado para circular. El vuelco del tractor es de los accidentes más comunes que ocurren con este vehículo debido a la “arquitectura” del propio tractor con centro de gravedad elevado, y también a la ejecución de los trabajos como es la labor en pendiente y terrenos irregulares; otras veces la conducción inadecuada o con demasiada carga hace el resto.

el Seguro A TERCEROS O RESPONSABILIDAD CIVIL
Se trata de la póliza más común en el sector. El seguro “obligatorio” y quizá con alguna ampliación como la Defensa Jurídica y Reclamación de Daños y la rotura de lunas es la más habitual.
La ley: solo obliga a la suscripción del seguro de Responsabilidad Civil (RC). Este seguro se hace cargo, ¡solo!, de los daños producidos por el conductor al resto de vehículos y terceros implicados en el accidente en el que éste ha sido el responsable. Es necesario para poder circular por las vías públicas o de uso público.
Cobertura: Solo cubre la Responsabilidad Civil por los daños ocasionados en la propia circulación del vehículo, es decir, la compañía cubre el pago de las indemnizaciones de los daños personales o materiales causados a un tercero con motivo de la circulación del vehículo asegurado. No es un seguro de Responsabilidad Civil por daños ocasionados durante el trabajo.

¿Y si no lo aseguro?: Pues cerciórate de que nunca saldrás de tu finca, es decir no irás por vía pública…
Lo que debes tener claro es que no disponer de seguro y aunque no se haya hecho ningún daño a persona o bien, los agentes de la autoridad pueden proceder a la inmovilización del vehículo. E incluso existen más consecuencias ya que el vehículo no asegurado puede llevarse a depósito amén de la consabida multa. Si además se ha provocado algún perjuicio y dependiendo de la gravedad del mismo “se te caerá el pelo”.

ADEMÁS DEL OBLIGATORIO
El sector de la maquinaria agrícola es tan específico que las compañías de seguros diseñan un producto específico para estos vehículos pues además del “obligatorio” se puede ir complementando con una serie de coberturas diseñadas “a la carta”.
En el caso concreto del tractor la póliza intenta contemplar aquellas incidencias que pueden surgir bien en ruta o bien en el trabajo, considerando no solo al tractor como vehículo si no algunas de las máquinas acopladas a él.
Modalidades de contratación:
Es lo que se conoce como terceros ampliado aunque la variedad de esa “ampliación” depende mucho de la compañía aseguradora elegida.
Rotura de lunas: Se garantiza los gastos de reposición y colocación por rotura fortuita de lunas y cristales de cabina y techo solar. Conviene observar si la póliza expresa que el accidente ha ocurrido en circulación o reposo o desempeñando las labores propias del tractor.
Robo: Se cubre la indemnización por los daños derivados de la sustracción del vehículo asegurado. Incluye el robo del vehículo completo así como sustracción de piezas que constituyan partes fijas e indispensables del vehículo (especial atención a los catalizadores DOC) o accesorios cuando estén expresamente asegurados (ojo con los GPS y sistemas de autoguiado) También se incluyen los daños producidos durante el tiempo en que el vehículo esté en poder de terceros.
Defensa jurídica y reclamación: Cubre la reclamación de daños físicos o materiales; también se ocupa de pagar los gastos de contratación de abogado y procurador así como las tasas judiciales, fianzas, etc.
El uso de la defensa jurídica se hace cuando, pasando por el juzgado, se quiere reclamar a un tercero o bien cuando es el tercero el que reclama al asegurado.
Se trata de un apartado que parece sencillo pero no lo es tanto. Si se “bucea” entre contratos se encuentra que hay pólizas que permiten elegir abogado, otras no puesto que es la propia compañía la que lo elige. Las hay que si bien te permite elegir abogado pone una limitación en el pago de honorarios. También hay “defensas jurídicas” que se limitan a la defensa cuando el asegurado es el demandado pero no si es demandante. He incluso hay que comprobar si la reclamación de daños incluye solo al tractor o también al conductor, al acompañante o incluso a la carga. Por último hay límites en el pago de fianzas. Imagina que te enfrentas a una infracción grave con penas de cárcel, en este caso para no esperar el juicio en la cárcel se puede depositar una fianza… En fin que hay que cerciorarse mucho de lo que se contrata.
Retirada del permiso de conducir: Se cubre el pago de una indemnización mensual en el caso de que el asegurado, por motivo de la conducción del vehículo asegurado, le sea retenido o retirado temporalmente el Permiso de Conducir
Defensa de multas: Se trata de un servicio de asistencia por infracciones de circulación y seguridad viaria. El servicio presenta los pleitos de descarga y los recursos pertinentes. Se puede también contratar con la cobertura de que en el caso de tener que realizar algún curso para la recuperación de puntos la compañía se haga cargo del importe.
Responsabilidad civil de la carga: Se puede contratar con el seguro de tractor y remolque con unos límites en las cantidades
Asistencia en viaje: No es habitual en tractores, pero si que se hacen en máquinas como cosechadoras y vendimiadoras que hacen muchos trabajos a terceros. Se incluyen servicios de asistencia tanto a las personas como a la máquina ya sea por asistencia médica y también envío de piezas de recambio o remolque de la máquina hasta el taller…
Incendio, Vandalismo e inundación: Se cubren los daños ocasionados debido a incendio, rayo o explosión, actos vandálicos o malintencionados e inundación, tanto mientras la máquina se encuentre en reposo como en funcionamiento.
Acontecimientos extraordinarios: Se refiere a los daños materiales que puede sufrir el vehículo asegurado como consecuencia de determinadas catástrofes naturales o terrorismo
Seguro de accidentes del conductor: Si el conductor sufre un accidente de circulación o incluso por el desarrollo de su trabajo agrícola con el vehículo asegurado, se puede garantizar el pago de las indemnizaciones estipuladas. Se incluyen lesiones corporales, invalidez permanente o asistencia sanitaria

Decesos: Siempre que se contrate el seguro de accidentes del conductor, con esta cobertura se incluye la prestación de servicio fúnebre o de gastos de entierro y traslado tras el fallecimiento de los asegurados en accidente de circulación
Flotas: En ocasiones se pueden contratar en grupo cuando se trata por ejemplo de una cooperativa. Es una opción. Si los cooperativistas se unen para buscar la mejor oferta hay empresas que permiten contratar el producto como si se tratase de una flota. Por supuesto el precio es mejor que contratarlo individualmente.

MAQUINARIA AGRÍCOLA
En el caso de la maquinaria agrícola (toda excepto el tractor) las empresas aseguradoras tienen productos mucho menos definidos que para el caso particular del tractor y el remolque. Es más bien un análisis individual, máquina por máquina. Además hay mucha diferencia según se trate de una compañía u otra. También es bastante diferente según se haga distinción entre máquinas autopropulsadas que puede ir por la vía pública (estaríamos en el caso de cosechadoras, vendimiadoras…) o de máquinas no autopropulsadas que para su movimiento deben ir suspendidas o arrastradas por el tractor como sería una sembradora o empacadora.
En el caso de ser maquinaria agrícola que no precisa del Seguro Obligatorio de Circulación conviene saber que se pueden contratar otras coberturas. El abanico es amplio aunque, repito, no en todas las compañías. Las coberturas que se pueden cubrir son la que ya se han descrito en líneas precedentes para el tractor.
Responsabilidad civil derivada por realización de trabajos agrarios:
Aunque también en el caso del tractor, pero es más común con otras máquinas, es conveniente contemplar la suscripción de una Responsabilidad Civil durante el trabajo agrícola.
Con esta póliza se garantiza el pago de las indemnizaciones que tengan que abonarse por el asegurado o el conductor autorizado, cuando sean declarados civilmente responsables por daños ocasionados a terceros con motivo de los trabajos agrarios realizados con el vehículo asegurado. Las pólizas incluyen unas cantidades aseguradas que conviene tener presente. Lo más habitual es que la garantía de RC por trabajos agrícolas esté en torno a los 60.000 €.
Se trata de un seguro muy interesante sobre todo si eres una empresa de servicios en la cual alquilas tus servicios como pueden ser cosechar, vendimiar, transportar, sembrar… Lo que se hace es asegurar la actividad empresarial por la responsabilidad civil en la que se pueda incurrir. Imaginemos algunos casos: una cosechadora que incendia la parcela en la que está trabajando o la colindantes; una bañera que transportando grano o uva o cualquier otro producto agrícola sufre un vuelco y pierde la carga; un tractor que mientras está realizando una labor de siembra golpea y vuelca un poste de telefonía o de media tensión…
Contrata un seguro por días: Se trata de una posibilidad. Puede resultar interesante en algunos casos. Imaginemos que la máquina apenas sale de la finca y por lo tanto apenas hace uso de vías de uso público para desplazarse. Si cuando llega la campaña es solo cuando va a pisar la carretera o el camino quizá pueda interesar contratar seguros por días.

CONTRATANDO UN SEGURO
Para contratar el seguro: Necesitarás el permiso de circulación del tractor y/o remolque; La ficha técnica del tractor; Datos de usuario y/o propietario (pueden ser el mismo o no) del tractor (nombre y apellidos, DNI, fecha nacimiento, fecha carnet, dirección postal y electrónica); Nº de cuenta bancario para la domiciliación del pago

Circulando: Como cualquier otro vehículo de motor, para poder conducir un vehículo especial agrícola es necesario que su conductor esté autorizado mediante el correspondiente permiso de conducción. Además, para circular por las vías públicas, los conductores deben disponer del permiso de circulación; Tarjeta de inspección técnica (ITV); y el ya nombrado seguro obligatorio.
Buenas prácticas: Conviene llevar en el propio vehículo la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio ya que aunque los agentes pueden constatar la vigencia del seguro mediante la consulta al fichero informativo de Vehículos Asegurados se acelera con la muestra de justificante de pago de la prima.
Y cuando ocurre un percance, ¿cómo se perita?: La valoración de daños materiales en vehículos agrícolas es complejo. Una compañía aseguradora o incluso un juez necesita conocer cual es el valor real de la máquina bien para reponer el vehículo o para calcular la indemnización tanto al asegurado como a un tercero. En este caso un técnico debe establecer el denominado valor venal del vehículo. Estos cálculos los realizan los peritos que pueden ser ingenieros industriales o agrónomos, especializados en tasación de maquinaria agrícola. Los peritos se basan en parámetros como pueden ser la potencia, antigüedad, estado de conservación, toneladas de carga, valor de reposición…

EJERCICIOS PRÁCTICOS
1.- Tractor Agrícola: A continuación hago una pequeña tabla de evolución del importe del seguro según póliza contratada. El precio que figura, sin IVA, lo he obtenido con la media de tres ofertas recibidas de compañías aseguradoras de prestigio:
Terceros (responsabilidad civil, RC, del tractor como vehículo): 58 €
Terceros y accidentes del conductor (AC): 69 €
Terceros y RC trabajos propios: 81 €
Terceros, AC y RC trabajos propios: 93 €
Terceros, RC trabajos propios y ajenos: 115 €
Terceros y lunas: 120 €
Terceros, AC y lunas: 128 €
Terceros, AC, RC trabajos propios y ajenos: 128 €
Terceros, RC civil trabajos propios y lunas: 145 €
Terceros, AC, RC trabajos ajenos y lunas: 158
Terceros, RC trabajos propios y ajenos y lunas: 180 €
Terceros, AC, RC trabajo propio y ajenos y lunas: 193 €
Asistencia en viaje: 112 € con rescate de 900 € (esto significa que la compañía cubre hasta 900 € del servicio de rescate o salvamento) también se cubre un importe de 600 € por el servicio de transporte del tractor hasta el lugar de reparación
2.- Remolque agrícola: 12 €
Nota: Para asegurar remolques deben ir siempre referenciados a un tractor asegurado
Nota: Estas primas son válidas para vehículos de hasta 20 TN
3.- Cosechadora de cereal:
Terceros (RC de la cosechadora como vehículo): 85 €
Tabla 1
El cálculo de la póliza de una máquina tan especial como una cosechadora es algo más complicada porque en general son máquinas que van a trabajar mucho para terceros, por lo que también es conveniente introducir la responsabilidad civil de los trabajos.
En la tabla 1 se muestra lo que sería la prima anual de una cosechadora a la que se le ha calculado un valor asegurado de 100.000 € (Se puede hacer que la suma asegurada de la maquinaria sea la del valor de reposición, valor a nuevo, o bien la suma asegurada se corresponda con su valor venal, valor real en el momento)
La prima se ha calculado para cubrir unas garantías básicas como los daños provocados por incendio, explosión y rayos. También se han incluido unas garantías adicionales como colisión, vuelco, daños en transporte. También se ha considerado el robo, la rotura de lunas y la responsabilidad civil de la explotación.
La tabla 2 es idéntica a la tabla 1 pero contratando la “introducción de cuerpos” y los "daños en los neumáticos". Ambos ejemplos se han calculado con unas cantidades franquiciadas
 
Tabla 2
Fuentes:
Comparador de seguros (seguros broker) 
Seguros por días
Agroreale: Seguros Agrarios de Reale

3 comentarios:

  1. Enhorabuena un tema que afecta a todos, todavía recuerdo cuando se quemó la segadora y la tierra y el bosque que había al lado y aparco el helicóptero al lado de la maquina y allí había más gente que en la guerra, a todos ellos no se les paga ni con el mejor seguro. Me parece muy importante el de defensa jurídica te asesora y ayuda bastante. No mencionas a los seguros sin oficinas ¿ no les interesa el campo, demasiados líos para ellos?. Un saludo.

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  2. Realmente interesante. Cuando fui a contratar el ultimo apenas me dieron opciones, terceros, accidentes y a elegir con o sin responsabilidad civil. Lunas ya no había, y me decían que al contrario que en coches no había donde elegir.

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  3. Un buen sitio para contratar tu seguro de tractor o seguro de camion es
    www.unipoliza.com

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